La prueba de que colombianos son unos analfabetos digitales


Por: Douglas Velasquez Jácome

or un acto de soberbia e independencia de la Comisión de Regulación de Energía Y Gas- Creg el presidente Petro quiso intervenirla ante la ola de precios altos del servicio público de energía. Sustentó su decisión con el Artículo 290 del Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022. El asunto quedó entre el tintero, pero plantea una necesaria discusión sobre el alcance de las facultades de las comisiones de regulación y su funcionalidad.Me referiré a la Comisión de Regulación de Comunicaciones CRC, donde no la veo jugando un papel fundamental ante los nuevos desarrollos tecnológicos y su veloz avance que está llevando al mundo digital, móvil e interconectado, de la banda ancha, globalizado y del ciberespacio.Para la CRC no pareciera que estamos en la Cuarta Revolución Industrial, en el streaming, los algoritmos, la inteligencia artificial y la robótica provocando cambios de paradigmas sin precedentes en todos los campos económicos y sociales, convirtiéndose en la "la madre de todas las revoluciones", donde la regulación debe ser predictiva.

Nuestro regulador se anquilosa en su zona de confort que le otorga la Ley 1978 de 2019 que supuestamente pretende modernizar el Sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones -TIC. La norma establece un regulador con facultades de todopoderoso similar a la Junta del Banco de la República, alejado del concepto de Estado, bienestar social, igualdad y de la política de CAMBIO del presidente Petro que incluye la transformación digital y la conectividad.

El regulador en la ley de servicios públicos de 1994 se caracterizaba por ser modesto, concertaba con los actores del sector, con el ministro y el presidente de la República quienes daban línea. Era un regulador de confianza, sin ínfulas de autoritario. La prueba está en que se expidió sin una sola demanda la regulación que eliminó el monopolio sobre el servicio la larga distancia y la compilación de 160 resoluciones regulatorias negociando con poderos sindicatos y políticos regionales.

En el modelo actual la CRC de hoy la conforma el ministro MINTIC y cuatro comisionados con períodos fijos de cuatro años; un Comisionado es designado por el presidente de la República y tres a través de un proceso de selección mediante concurso público, en el que cualquier ciudadano puede postularse.

El concurso público es realizado por el Departamento Administrativo de la Función Pública. Las decisiones se toman por la mayoría simple de sus miembros, es decir con los votos de tres de comisionados, donde desde luego el gobierno está en minoría.

Todo parece muy democrático, pero en realidad contradice el principio constitucional de intervención en la economía asignado al Estado en cabeza del presidente de la República.

Adicionalmente, la ley asigna funciones a la CRC respecto de la provisión de redes y servicios de telecomunicaciones para promover y regular la libre competencia y prevenir conductas desleales y prácticas comerciales restrictivas, así como los aspectos técnicos y económicos relacionados con la obligación de interconexión, el acceso y uso de todas las redes y a los mercados de los servicios de telecomunicaciones.

Este modelo regulatorio ha dado la espalda a las nuevas trasformaciones digitales. Basta con ver las limitaciones de la Agenda Regulatoria CRC 2022-2023 carente de visión sobre las innovaciones digitales como aquellas tecnologías disruptivas que se han desarrollado con el internet de banda ancha, el big data, cloud computing, la computación cuántica, la programación de algoritmos, la inteligencia artificial, las arquitecturas reboticas.

Es decir se niega a reconocer que el hombre hoy vive en una real SOCIEDAD DIGITAL en un mundo globalizado por la red de interconexión, en un espacio nuevo llamado “cibernético” y virtual.

Al gobierno le toca tomar ahora las riendas de la regulación de los nuevos desarrollos digitales y el regulador debe trabajar de la mano con organismos como 0EA, ONU, UIT, OMC, UE, etc.

 si no queremos que esa regulación venga impuesta de otros países como EE. UU., Inglaterra, China o de los grandes jugadores como Google, Twitter, Facebook, etc.Solo basta que en la ley del PND se establezca que la función principal de la CRC será asesorar al gobierno nacional y recomendar la adopción de normas generales de políticas públicas nacionales y las regulaciones encaminadas a la transformación y la innovación digital para crear una sociedad inteligente y conectada. Las competencias regulatorias establecidas en la Ley 1978 de 2019 serán asumidas por el presidente de la República o por el Ministerio de las TIC.

Y ahora sí ¡bienvenidas las nuevas transformaciones digitales!

Fecha: 2022-11-10
Douglas Velásques Abogados