Por: Sonia Rocío Gómez Guerrero Directora Conexión Familia
"Quien vive con más desahogo no es el que tiene más, sino el que administra bien lo mucho o poco que tiene"
Ángel Ganivet
En esta situación de crisis mundial, la familia es quien ha recibido de manera directa todos los impactos sociales, políticos y económicos de la emergencia ocasionada por el Covid-19. La llegada de esta pandemia ha afectado a la economía mundial, con grandes repercusiones en cada país y Colombia no se escapa a esta situación. Nuestra realidad ha dejado al descubierto una vez más, la importancia de un manejo adecuado de la economía familiar: el comportamiento de las finanzas versus la educación para el ahorro. Sin embargo, no podemos desconocer que para muchas familias colombianas, el nivel de endeudamiento supera su ingreso mensual, debido al alto costo de la vida, los bajos ingresos, la inestabilidad laboral y desempleo que son los grandes riesgos de la economía familiar. Por lo tanto, esta situación no solo afecta la calidad de vida de todos los miembros de la familia, sino también su patrimonio y en el peor de los casos, la estabilidad familiar. Hay un adagio popular que dice “Cuando la pobreza entra por la puerta, sale el amor por la ventana”; y esta frase cobra vigencia cuando sumado a la situación de incertidumbre económica, la vida familiar ha quedado confinada de manera obligatoria a cuatro paredes de la casa para protegerse del contagio de un virus, del que no tenemos vacuna. Adicionalmente, la responsabilidad del hogar, la alimentación, el cuidado y acompañamiento de los hijos ha llevado a los progenitores o cuidadores a extremos de angustia, cansancio, desasosiego, y hasta de violencia intrafamiliar. Ante estas difíciles circunstancias, y debido a las consultas que hacen nuestros clientes sobre el manejo de los temas de la convivencia familiar, hemos detectado que muchos de estos conflictos surgen por el alto nivel de endeudamiento de la pareja y la incertidumbre en el tema laboral y económico. Es por ello que en respuesta a estas inquietudes queremos asesorarles sobre el tema.
En respuesta a esta situación de alarma, el gobierno nacional ha generado varios decretos que ordenan a entidades públicas y privadas a la extensión de plazos para el pago de obligaciones crediticias, impuestos, servicios públicos, arrendamientos, entre otros. Sin embargo, no podemos desconocer que tarde o temprano estas obligaciones tendrán que ser pagadas. Las entidades bancarias y los acreedores harán efectivos sus recaudos con los intereses en el tiempo que dure la obligación. Es por ello que la capacidad de endeudamiento de los colombianos sigue creciendo a pasos agigantados y las posibilidades de crecimiento económico del país no se ven claras en un futuro cercano. No se puede desconocer que ante esta situación, corresponde a cada familia, organizar su capacidad de pago, generar estrategias para su manutención y cuidar del patrimonio. Muchos colombianos hoy se preguntan: ¿Qué puedo hacer para salvar el patrimonio cuando no es posible cubrir las obligaciones económicas del mes?, ¿Cómo podré cumplir con mis obligaciones tras una situación de desempleo o de separación que no permiten continuar con los pagos establecidos?, ¿Qué puedo hacer si después de la situación de emergencia se acumulan los pagos y me quedo sin ingresos?, ¿A qué entidad puedo recurrir para solicitar apoyo en estas circunstancias? Estas son algunas de las dudas que cobran mucha importancia y en la que se debe estar bien informado para conocer las mejores alternativas para proteger el patrimonio según sea el caso.
En Colombia desde 2012 existen estrategias legales amparadas en nuestro Código General del Proceso - Ley 1564 de 2012, que le permite a los deudores no comerciantes, que por diversas razones han entrado en cesación de pagos, generar estrategias de negociación o liquidación de deudas con sus acreedores. Estas alternativas evitan llegar a la ejecución judicial y suspenden los procesos ejecutivos existentes. El Articulo 531 y siguientes, hacen referencia a la Insolvencia de la persona natural no comerciante, y el artículo 562 hace mención de la Convalidación de acuerdo privado. Ambos procesos ofrecen al deudor, estrategias legales que le permiten proteger el dinero necesario para los gastos mensuales del sostenimiento personal y familiar, y proyectar el pago de sus obligaciones cuando estas han cesado o existe amenaza de cesación por diversas situaciones. Estos trámites se adelantan ante Notarías o Centros de Conciliación debidamente autorizados por el Ministerio de Justicia y del Derecho facultados para estos procesos. En estos procedimientos se pueden adelantar negociaciones por concepto de obligaciones bancarias, impuestos, servicios públicos domiciliarios, comerciales, y obligaciones personales como son deudas de administración, pago de colegios y con personas naturales o prestamistas, entre otros. Quien se acoge a este trámite, una vez sea admitida su solicitud, suspende los procesos ejecutivos y el remate de sus bienes; evita las llamadas de cobro por obligaciones en mora; ante las centrales de riesgo, se tendrá su estatus no como persona morosa, sino en ley de insolvencia. Los tramites de insolvencia son cortos duran entre 60 a 90 días. Con tal suerte que durante la situación de pandemia, se pueden adelantar de manera virtual, conforme lo ha establecido el gobierno nacional.
Conexión Familia le brinda asesoría legal para minimizar los riesgos de una liquidación patrimonial y le garantiza un acompañamiento eficaz en el proceso de insolvencia y/o Convalidación de acuerdo privado. Conozca este y otros beneficios que pueden ser de gran ayuda para salvar su patrimonio en estos tiempos de crisis económica. Para ello realizaremos un Webinar en el que tendremos como invitado al doctor Iván Andrés Bohórquez Caro, Director del Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición ASEMGAS L.P. para dialogar sobre el tema. Este encuentro se realizará de manera virtual, sin arancel, el dia martes 19 de mayo a las 5.00 P.M. Moderador Doctor Paulo Enrique Gamba, Abogado Conciliador experto en Insolvencias.